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Nacionalidad Española por
Carta de Naturaleza

Image by Florian Wehde
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¿QUÉ ES LA CARTA
DE NATURALEZA?

Es una modalidad de adquisición de la nacionalidad española que será otorgada, facultativamente por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia en el solicitante de circunstancias excepcionales.

Este recurso está regulado por el artículo 21 del código civil Español.

¿QUIÉNES PUEDEN OPTAR?

  • Mayores de 18 años o que se encuentre emancipado.

  • El mayor de 14 años asistido por su Representante Legal.

  • El Representante Legal del menor de 14 años.

  • El Incapacitado por sí solo o el Representante Legal del Incapacitado, dependiendo de lo que señale la sentencia de incapacitación.

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PASOS A SEGUIR:

1. Pre-Estudio: solicitud de árbol genealógico para el análisis por parte de los genealogistas.

2. Emisión del informe genealógico de origen y aplicación a la FCJE (Federación Comunidad Judía de España)

3. Solicitud de documentos legalizados y apostillados

4. Inscripción ante la entidad correspondiente Emisión de la Carta de Naturaleza

DOCUMENTOS NECESARIOS QUE DEBEN DE ACOMPAÑAR LA SOLICITUD:

  • Modelo de Solicitud de la Nacionalidad Española por Carta de Naturaleza.

  • Certificado Literal de Nacimiento, Legalizado o Apostillado, y en su caso, traducido.

  • Certificado de Antecedentes Penales del País de Origen y - residencia Legalizado y traducido (sólo en mayores de 18 años).

  • Documentos acreditativos de la concurrencia de circunstancias excepcionales.

  • Otros Documentos que el Interesado estime oportunos.

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SOLICITA AHORA

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