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Quiero reagrupar a mis padres

Son muchos los extranjeros que vienen a España y dejan a sus familias atrás. Por eso, queremos informarles acerca de la reagrupación familiar, ya sea por régimen general o comunitario.

Quiero reagrupar a mis padres

Para los extranjeros extracomunitarios que residan en España existen requisitos muy claros:

  • El reagrupante deberá haber residido en España durante un año como mínimo y haber obtenido autorización para residir por, al menos, otro año. Para reagrupar a los ascendientes, el reagrupante deberá ser titular de una autorización de larga duración o larga duración-UE, y tendrá que justificar que estén a su cargo, reúnan las siguientes características, sean mayores de 65 años siempre que existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar la residencia en España

  • Disponer de vivienda adecuada.

  • Tener medios económicos suficientes para atender las necesidades de la familia.

Si eres español de origen, a través de la figura del Arraigo Familiar, es posible que los menores traigan a sus padres de diferente nacionalidad y que los mayores de edad puedan hacerlo, si sus padres son mayores de 65 años o dependientes. En el segundo caso, si su padre no cumple con ninguno de estos requisitos, podría hacerlo a través de la tarjeta de familiar comunitario.


Para los ciudadanos comunitarios que residan en España y quieran reagrupar a sus padres lo tendrán que hacer por el régimen comunitario, al igual que el supuesto anterior. El nacional de algún estado miembro de la UE, podrá reagrupar a:

  • A sus ascendientes directos, y a los de su cónyuge o pareja registrada que vivan a su cargo, siempre que no haya una nulidad del vínculo matrimonial, o exista separación o divorcio.

Si cuentas con una residencia en España y te interesa reagrupar a un familiar no dudes en contactar a asesores@europaratodos.com


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