El pasado 22 de diciembre de 2022 se publicó en el BOE la esperada Ley Startups a través de la cual se permite gestionar un nuevo visado y autorización de residencia para los llamados “teletrabajadores” de carácter internacional que cumplan con los requisitos establecidos en dicha norma.
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Esta ley abre una nueva posibilidad para poder residir en España, se trata de un permiso dirigido a aquellos extranjeros que quieran vivir en España y seguir trabajando en sus puestos de trabajo. Todo el contenido se encuentra detallado en la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, que modifica algunos de los preceptos contenidos en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Teletrabajadores de Carácter Internacional:
Podrán acceder a este tipo de autorización aquellas personas que desarrollen una actividad laboral a distancia para empresas que se encuentren en fuera de España. Además para aquellas personas que teletrabajan de manera autónoma, podrán trabajar para empresas ubicadas en España siempre y cuando el porcentaje del trabajo que no sea superior al 20% del total de su actividad profesional.
Las personas que podrán solicitar este visado o autorización de teletrabajo los profesionales altamente cualificados que acrediten:
Ser graduados o postgraduados de universidades, formación profesional y escuelas de negocios
O que cuenten, en su caso, con una experiencia profesional de al menos 3 años.
Esta autorización tendrá una validez de 3 años a no ser que se solicite la misma por un tiempo inferior.
Para los interesados en iniciar este trámite con nosotros, no dudes en ponerte en contacto a asesores@europaratodos.com
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